Malvinas en la Onu

MALVINAS EN LA ONU

La primera reserva argentina en las Naciones Unidas sobre sus derechos en las Malvinas fue presentada el 23 de mayo de 1945, cuando se realizaba el debate sobre fideicomiso en la reunión de IV Comité de la Asamblea General de la Conferencia de San Francisco, previo a la fundación de la Naciones Unidas el 24 de octubre de ese año.

 

La delegación argentina formula la reserva de que la República Argentina en ningún caso acepta que el presente sistema de Fideicomiso pueda ser aplicado a/o sobre territorios pertenecientes a la Argentina ya sea que ellos estén sujetos a reclamo o controversia o estén en posesión de otros Estados.

 

En las dos primeras sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1946 la Argentina expuso sus derechos inalienables a las Malvinas y que no reconocía la soberanía británica sobre ellas. El Reino Unido replicó no reconociendo la soberanía argentina sobre las islas.
De acuerdo a la Resolución 66/1 de la Asamblea General de la ONU del 9 de febrero de 1946, fue confeccionada una lista de territorios no autónomos, cuyo futuro depende del deseo de los habitantes de esos territorios, reconociéndoseles el derecho de autodeterminación. El Reino Unido inscribió en 1946 a las islas en esa lista, en consecuencia, la ONU considera al Reino Unido como el "poder administrador" de las islas, obligado a someter regularmente los informes a que se refiere el artículo 73 (e) de la carta de la ONU. Se trata de informes relativos a las condiciones económicas, sociales y educacionales, que deben ser presentados al secretario general. La Argentina hizo reserva de sus derechos y los reitera cada vez que el Reino Unido presenta los informes. Entre 1947 y 1963 el gobierno argentino efectuó 28 reservas.
El 3 de noviembre de 1947 Argentina hizo una declaración en la ONU expresando:

 

La Delegación Argentina deja también constancia que el nombre correcto de las islas mencionadas con el nombre Falkland en los informes del Reino Unido, es Malvinas, lo cual se encuentra ampliamente justificado por numerosos antecedentes históricos vastamente conocidos, y que no es posible tergiversar ni destruir.

 

El 28 de mayo 1964 el representante británico ante las Naciones Unidas expresó:

 

Declarar que mi Gobierno no tiene duda alguna en cuanto a su soberanía respecto del territorio de las Islas Falkland.

 

Respuesta que desde entonces utiliza el Reino Unido para responder las declaraciones argentinas o favorables al punto de vista argentino.
El 16 de diciembre de 1965 la Asamblea General de la ONU aprobó la Resolución 2065 (XX). La resolución fue aprobada por 94 votos a favor, ninguno en contra y 14 abstenciones (Canadá, Dinamarca, Finlandia, Francia, Islandia, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Portugal, Sudáfrica, Suecia, Reino Unido, Estados Unidos y Australia).

 

La Asamblea General,
Habiendo examinado la cuestión de las Islas Malvinas (Falkland Islands),
Teniendo en cuenta los capítulos de los informes del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales concernientes a las Islas Malvinas (Falkland Islands) y en particular las conclusiones y recomen¬daciones aprobadas por el mismo relativas a dicho Terri¬torio,
Considerando que su resolución 1514 (XV), de 14 de diciembre de 1960, se inspiró en el anhelado propósito de poner fin al colonialismo en todas partes y en todas sus formas, en una de las cuales se encuadra el caso de las Islas Malvinas (Falkland Islands),
Tomando nota de la existencia de una disputa entre los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte acerca de la soberanía sobre dichas Islas,
1. Invita a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a proseguir sin demora las negociaciones recomendadas por el Comité Especial encargado de examinar la situa¬ción con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales a fin de encontrar una solución pacífica al problema, teniendo debidamente en cuenta las disposi¬ciones y los objetivos de la Carta de las Naciones Uni¬das y de la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, así como los intereses de la población de las Islas Malvinas (Falkland Islands);
2. Pide a ambos Gobiernos que informen al Comité Especial y a la Asamblea General, en el vigésimo primer período de sesiones, sobre el resultado de las negocia¬ciones.
1398a. sesión plenaria, 16 de diciembre de 1965.

 

La Argentina consiguió con la declaración que las Naciones Unidas tomaran injerencia en la Cuestión de las Islas Malvinas, reconocieran la existencia de una disputa de soberanía, supeditasen la solución del problema a negociaciones entre los dos países teniendo en cuenta los intereses de los isleños, dejando de lado el principio de libre determinación exigido por la Resolución 1514 (XV), pues no se pidió al Reino Unido que otorgase la independencia a las Malvinas o tenga en cuenta los deseos de los isleños.
El 18 de marzo de 1966 una circular informativa de la Secretaría General de las Naciones Unidas comunicó a los miembros de la ONU que a partir de esa fecha, la denominación de las islas en los documentos oficiales del organismo sería, "Falkland (Malvinas)" en los documentos en inglés y "Malvinas (Falkland)" para los documentos en castellano.
La resolución fue ratificada en 1973 por la Resolución 3160, XXVIII, con 116 votos a favor, 14 abstenciones y ninguno en contra,[42] En 1976 La Resolución 31/49 ratificó las anteriores y agregó:

 

 (...) insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras las islas estén atravesando por un proceso recomendado en las resoluciones arriba mencionadas (...)

 

Ese agregado motivó a que el Reino Unido votara en contra, siendo aprobada por 102 votos, con 32 abstenciones.
Otras resoluciones similares fueron: 37/9 de la Asamblea General, con fecha 4 de noviembre de 1982 aprobada por 90 países, 12 votos en contra y 52 abstenciones. La Resolución reconoció que la guerra terminada 5 meses antes no alteró la vigencia ni la naturaleza de la disputa. Anualmente, la Asamblea General y del Comité Especial de Descolonización, continuaron pronunciándose en el mismo sentido. Otras resoluciones:

1983 (38/12) con 87 votos a favor, 9 en contra, 54 abstenciones y 7 ausencias.
1984 (39/6) con 89 votos a favor, 54 abstenciones y 9 en contra.
1985 (40/21) con 107 votos a favor, 41 abstenciones y 4 en contra.
1986 (41/40) con 116 votos a favor, 34 abstenciones y 4 en contra.

1987 (42/19) con 114 votos a favor, 36 abstenciones y 5 en contra.
1988 (43/25) con 109 votos a favor, 37 abstenciones y 5 en contra.

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